Fallo Plenario. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

06 Apr 2016   |   Por: Alejo Baca Castex
Concursos: otorgan privilegio general a las multas laborales.

Expte. 38.386 - "Sociedad Alemana de Socorro a Enfermos Asociación Mutual. Plenario s/ Inc de verif de crédito de los Santos Aníbal” - CNCOM - EN PLENO - 28/12/2015.

Con fecha 28 de diciembre de 2015, en el fallo plenario de referencia, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió conceder privilegio general -preferencia en el cobro frente a otros créditos- a las multas impuestas al empleador por la ley laboral.

 

El voto de la mayoría consideró que las multas previstas en la normativa laboral poseen carácter "indemnizatorio". Es decir, que son consideradas indemnizaciones y no multas accesorias.

 

El fallo es importante para los trabajadores que deban verificar sus créditos en un concurso preventivo. Ya que a partir de ahora los créditos reconocidos en concepto de multas laborales gozarán de privilegio general.

 

En el caso se analizó la multa prevista en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo. De este modo la Cámara Comercial estableció la siguiente doctrina plenaria: “Corresponde conceder privilegio general a los créditos del trabajador originados en multas impuestas por la ley laboral al empleador y a los cuales esa normativa les otorga carácter indemnizatorio".


Alejo Baca Castex

CASARES Abogados