La Inspección General de Justicia (IGJ) publicó en el Boletín Oficial del día viernes 29 de abril de 2016, la Resolución General 8/16. Esta resolución modificó el artículo 67 de la Res. Gral. 7/2015 (objeto social único) y derogó el artículo 68 de la misma norma (capital).
Frente a ello, vuelve a permitirse la creación de sociedades con objeto social múltiple, expuesto en forma precisa y determinada, y con respecto al capital debe tenerse en cuenta únicamente lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades Comerciales (monto y oportunidad para constituir el capital social).
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