El 5 de febrero de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución Nro. 11 E/2018, dictada por el Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social de la Nación.
La Resolución estableció que: "Las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena".
Frente al dictado de esta nueva norma, las empresas deberán tener que tomar sus recaudos a la hora de publicar las ofertas laborales.